Código de Construcción Sostenible de Medellín
¿En qué consiste la Guía de construcción sostenible para el
Ahorro de Agua y Energía en edificaciones nuevas?
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, expidió del Decreto 1285 de
2015 y la Resolución 0549 de 2015 con la cual se adopta la Guía de
Construcción para el ahorro de Agua y Energía.
Esta reglamentación tiene
como objetivo final, introducir estándares de construcción sostenible para
promover la eficiencia energética y el uso racional de agua en las nuevas
edificaciones que se construyan en el territorio nacional a partir de su entada
en vigencia, en aras de contribuir de manera significativa a la reducción de
emisiones de CO2 de las ciudades y comprometernos en la transformación
hacia el desarrollo sostenible.
Más precisamente, pretendemos que las nuevas
construcciones sean más eficientes en términos de consumo de agua y
energía; para lo cual, se establecen porcentajes obligatorios de ahorro de
energía y agua en las edificaciones de como mínimo un 15%.
¿Cómo nació esta Guía?
La expedición de este reglamento es producto de un proceso de cooperación
entre el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, la Corporación Financiera
Internacional (IFC) del Grupo Banco Mundial apoyada por la Embajada de
Suiza, a través de la Secretaría de Estado para Asuntos Económicos de Suiza
(SECO) y la Cámara Colombiana de la Construcción (CAMACOL).
¿Cómo fue la Metodología para la definición de los lineamientos
de construcción sostenible para edificaciones?
Para elaborar los lineamientos se siguió una metodología basada en un análisis
costo-beneficio de diferentes medidas.
Se parte de la identificación de las
condiciones climáticas - temperatura y humedad relativa - características de
cada zona climática en el país. El clima es el factor más determinante en el
consumo de agua y energía y su comprensión permite establecer
condicionantes para el diseño con el fin de evitar una incidencia negativa de las
condiciones ambientales en el confort del edificio.
Posteriormente se llevó a cabo la definición del consumo promedio de agua y
energía según el tipo de edificio y la zona climática (línea base). En la
elaboración de la línea base se tuvieron en cuenta los sistemas constructivos
más comúnmente utilizados y los perfiles de uso (horario, ocupación, sistema
de iluminación, sistema de aire acondicionado, etc.) característicos según el
tipo de edificación.
Con base en esta información se realizó un análisis de
sensibilidad, es decir, una simulación del comportamiento energético de los
edificios tipo de la línea base, con el fin de identificar el potencial de ahorro de
agua y energía de diferentes medidas.
Para determinar el costo de implementación de las medidas y el periodo de
retorno de inversión se llevó a cabo un análisis de costos. Finalmente, las
medidas fueron clasificadas según su potencial de ahorro de agua/energía, su
costo de implementación, el periodo de retorno de la inversión, la
disponibilidad en el mercado y la facilidad de inclusión. El resultado es una
herramienta de toma de decisiones que correlaciona cada medida según los
criterios anteriormente mencionados, el tipo de edificación y el clima.
Con base en el estudio realizado se recomiendan una serie de medidas a
implementar en las nuevas edificaciones y se establece el potencial de ahorro
de recursos gracias al uso de tales estrategias.
¿Qué tipo de medidas se tiene en cuenta en la Reglamentación?
Para alcanzar los mencionados porcentajes, la Guía de Construcción Sostenible
(anexa a la mencionada resolución), dispone una serie de medidas indicativas,
las cuales pueden ser activas o pasivas.
Las medidas activas, son aquéllas que comprenden el uso de sistemas
mecánicos y/o eléctricos para crear condiciones de confort al interior de las
edificaciones, tales como calderas y sistema de aire acondicionado,
ventilación mecánica, iluminación eléctrica, entre otras.
Las medidas pasivas, son aquéllas que se incorporan en el diseño
arquitectónico de las edificaciones y propenden por el aprovechamiento de
las condiciones ambientales del entorno, maximizando las fuentes de
control térmico, ventilación y reducción energética para crear condiciones
de confort para sus ocupantes, pero no involucran sistemas mecánicos ni
eléctricos. Las estrategias pasivas consideran el clima, localización, paisaje,
orientación, forma, protección solar, selección de materiales, masa térmica,
aislamiento, diseño interior y la ubicación de las aperturas para el manejo
del acceso solar, luz natural y ventilación.
¿La Reglamentación aplica de forma homogénea en todo el
territorio nacional?
De la misma manera en que se formuló la Línea Base, existen dos criterios
diferenciadores en las exigencias de porcentaje de ahorro y medidas a aplicar
los cuales son el clima y el tipo de edificación. El clima es el factor más
determinante en el consumo de agua y energía y su comprensión permite
establecer condicionantes para el diseño con el fin de evitar una incidencia
negativa de las condiciones ambientales en el confort del edificio.
Con base en la clasificación climática del IDEAM por pisos térmicos, se
diferencian cuatro zonas climáticas, correspondientes a aquellas donde habita
la mayoría de la población en áreas urbanas: Cálido seco, Cálido Húmedo,
Templado y Frio.
¿A qué tipo de edificaciones va dirigía la Guía?
El cumplimiento de los porcentajes de ahorro será obligatorio para todos los
tipos de edificaciones que tramiten licencias de obra nueva incorporados en la
resolución (vivienda, oficinas, hospitales, centros comerciales, hoteles y
centros educativos), con excepción de los proyectos de vivienda VIS y VIP, en
los cuales su observancia es optativa. Puntualmente, se hace referencia a
Vivienda No Vis, centros comerciales con un área total construida mayor a
6.000 metros cuadrados, a oficinas superiores a 1.500 metros cuadrados, a
hoteles con más de 50 habitaciones, a equipamientos educativos destinados
para más de 1.500 alumnos, y a hospitales, clínicas, empresas sociales e
instituciones privadas con área igual o superior a 5000 metros cuadrados; para
este caso así como para los centros comerciales y las oficinas, el metraje no
incluye zonas destinadas a estacionamientos.
Cuándo empieza a regir esta norma en Colombia?
En primer lugar, es importante indicar que la reglamentación estableció que la
implementación de las medidas se haría de manera gradual en el territorio
nacional. En tal sentido, las medidas establecidas para el logro de los
porcentajes de ahorro de agua y energía en nuevas edificaciones podían
aplicarse de manera optativa por parte del constructor, a partir de la
publicación de la resolución y durante el primer año de vigencia de la misma.
No obstante, a partir del 11 de julio de 2016 (un año después de la entrada en
vigencia de la presente resolución), las medidas serán de obligatorio
cumplimiento inicialmente en los municipios con más de 1.2 millones de
habitantes (ciudades capitales): Bogotá, Medellín, Cali y Barranquilla.
¿Cuándo comenzará a regir la normativa en el resto del país?
A partir del 11 de julio del 2017 la exigibilidad será para el resto del territorio
nacional. La reglamentación se ideó con gradualidad en su implementación con
el fin de construir capacidades en todo el territorio nacional y de poder hacer
una transferencia tecnológica entre las principales ciudades y las ciudades
intermedias, teniendo en cuenta que la disponibilidad tecnológica y la mano de
obra calificada es mayor en las grandes ciudades.
¿Cuál será el procedimiento para la certificación de aplicación de
la guía en las edificaciones nuevas?
La certificación de las mediadas a implementar dependerá de la selección que
realice el equipo de diseño de la edificación para cumplir con los porcentajes de
ahorro exigidos. Para las medidas activas, en el momento de la aprobación de
los diseños de redes de agua y energía, el titular de la licencia de construcción
deberá presentar ante la respectiva empresa prestadora de los servicios una
autodeclaración que manifieste el cumplimiento de los porcentajes de ahorro
con la aplicación de las medidas que implementará.
Para las medidas pasivas, la firma por parte del diseñador del proyecto de los
planos arquitectónicos que se deben allegar con la solicitud de licencia de
construcción, constituye certificación bajo juramento acerca del cumplimiento
en el diseño arquitectónico de la aplicación de medidas dirigidas a lograr los
porcentajes mínimos de ahorro. En el mismo sentido, la Resolución señala la
necesidad de actualizar el Formulario Único Nacional de radicación de licencias
para el proceso de certificación de la aplicación y por tanto se incluirá una
casilla para señalar el tipo de medidas seleccionadas. No obstante, dicha
indicación no implica la presentación de documentación adicional ante el
Curador Urbano o autoridad competente para la radicación en legal y debida
forma.
¿Cómo se hará seguimiento y control a la implementación de la
medida?
En la reglamentación se contempló como competencia del Ministerio identificar
el procedimiento y herramientas de seguimiento y control de la
implementación. Esta disposición se encuentra actualmente en desarrollo
entendiendo las variables que se deben tener en cuenta para el seguimiento
efectivo de la aplicación de la normativa: la atención de las medidas por parte
del constructor, la metodología para la verificación de la incorporación de las
medidas, y los patrones de consumo de los usuarios.
¿Habrá incentivos a nivel local para la construcción sostenible?
La Reglamentación estableció que el Ministerio promoverá que los municipios y
distritos establezcan incentivos para la generación de mayores porcentajes de
ahorro de agua y energía en relación a aquellos contemplados en la normativa
nacional.
¿Qué espera el Gobierno Nacional con esta Guía de construcción
sostenible para el Ahorro de Agua y Energía en edificaciones
nuevas?
Con la expedición de éste reglamento pretendemos que todas las nuevas
edificaciones que se desarrollen en el país sean más eficientes en términos de
consumo de agua y energía, por lo que el impacto en el consumo de recursos
naturales será masivo.
La implementación de las medidas de construcción sostenible, no solo
permitirá mejorar la calidad y confort de las edificaciones e impulsar la
industria de la construcción para que sea más competitiva, también contribuirá
en la economía de los hogares, industrias y comercios al reducir el consumo de
servicios públicos, y ayudará a mitigar el impacto del cambio climático y
disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero.
¿Cómo se benefician los colombianos con esta medida?
Además de tener un país amigable con el medio ambiente, los colombianos
que vivan en las nuevas edificaciones sostenibles tendrán acceso a mejores
construcciones que optimizan las condiciones de habitabilidad de los habitantes
y garantizando su confort. Con la reducción del consumo de recursos se
propende por generar ahorros de los gastos de los hogares, lo que se traduce
en más dinero para las familias que lo pueden invertir en alimentación u otros
elementos fundamentales de la vida cotidiana.
Finalmente, la introducción de lineamientos de sostenibilidad en la construcción
de edificaciones tiene efectos potenciales sobre la generación de ingreso.
En
efecto, nuevos empleos pueden generarse en la construcción de nuevas
edificaciones, así como en la producción de materiales y tecnologías
relacionadas con el uso eficiente de energía y agua, la generación de energías
limpias.
La demanda para construcciones sostenibles abre nuevas
oportunidades de negocio, al desarrollar nuevos mercados en el sector de la
construcción. El mercado va a poder ofrecer productos específicos para
mejorar el comportamiento medioambiental de las edificaciones, lo que
impulsará la industria de la construcción para que sea más competitiva, ya
que la apuesta por la sostenibilidad es hoy una oportunidad crecimiento y de
prevención de riesgos relacionados al cambio climático para las ciudades, pero
mañana será una condición para competir.
El Departamento Administrativo de Planeación de Medellín presentó en octubre de 2015 el Código de Construcción Sostenible del Municipio de Medellín. Este Código busca fomentar la implementación de prácticas que permitan el ahorro de agua y energía en edificaciones nuevas, así como garantizar índices de confort acústico, una correcta disposición de residuos de construcción y demolición (RCD) y la adecuada inserción paisajística de los proyectos.
El Código sigue los lineamientos de varios instrumentos normativos, entre los que se destacan la Resolución 549/2015 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MVCT), el Manual de Gestión Socio-Ambiental para Obras en Construcción de Medellín, la Guía de Manejo Socio-Ambiental para la Construcción de Obras de Infraestructura Pública (Decreto 382/2014), la Política Pública Metropolitana de Construcción Sostenible expedida en 2015 por el Área Metropolitana del Valle de Aburrá y el Plan de Ordenamiento Territorial de la ciudad, revisado en 2014 (Acuerdo 48/2014).
De igual manera, el documento plantea el desarrollo de la reglamentación de incentivos a la construcción sostenible; la implementación de sistemas de registro, verificación, seguimiento y certificación del cumplimiento de las condiciones establecidas y la estrategia de formación, educación y promoción de estas mejores prácticas, aspectos que deben definirse antes de diciembre 30 de 2016.
Actualmente el Código está en revisión y actualización al Plan Municipal de Desarrollo.
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